SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) reiteró la necesidad de que los órganos jurisdiccionales y administrativos retornen a la realidad presencial de manera íntegra e inmediata.
En nota de prensa, la fundación especificó que la urgencia de la presencialidad no es solo en cuanto a las celebraciones de audiencia, sino también con relación a los servicios judiciales de secretaría.
Finjus valoró los esfuerzos del Consejo del Poder Judicial para adecuar el servicio judicial a los nuevos tiempos mediante la creación y desarrollo de una plataforma que permite trasladar la esfera jurisdiccional a la modalidad virtual.
Sin embargo, dejó claro que no puede obviarse que el establecimiento de la virtualidad de forma imperiosa presenta obstáculos mayúsculos que lesionan derechos fundamentales, así como afectan principios y garantías constitucionalmente protegidos.
Finjus se sumó a lo expresado por distintos juristas, y secundó que resulta insostenible mantener los servicios de secretaría anclados al uso de la plataforma, lo cual requiere, además del depósito de la solicitud de que se trate, la digitalización de la misma.
Añadió que la virtualidad genera aplazamientos que entorpecen el curso del proceso y agrega nuevos factores a la mora judicial. Esto, debido a que persiste una especie de criterio preferente de la virtualidad para la realización de audiencias, teniendo entonces que una de las partes expresar su inconformidad con la modalidad.
Finjus ha enfatizado que las resoluciones 006-2020 y 007-2020 del Consejo del Poder Judicial, que plantean el plan de continuidad del Poder Judicial, así como el protocolo para el manejo de las audiencias virtuales; presentan dificultades irreconciliables con el acceso a la justicia de manera oportuna.
“Esta modalidad no permite la plena realización no solo del principio de inmediación, sino de oralidad, el contradictorio, la concentración, así como la seguridad jurídica y la correcta valoración de la actividad probatoria”.
Finjus exhortó al Consejo del Poder Judicial a disponer la vuelta a la normalidad el funcionamiento de los tribunales, así como el engranaje de la administración de justicia.