SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El Tribunal Constitucional acogió el recurso de revisión incoado por un conjunto de empresas distribuidores de agua a granel a quienes les había negado el derecho a la distribución de este líquido.

La litis se produjo como consecuencia de la prohibición hecha a través de resoluciones administrativas del Ministerio de Salud, el Ministerio de Industria y Comercio, la Comisión Nacional de Normas y Sistemas de Calidad y la Dirección General de Normas y Sistemas de Calidad (DIGENOR).                                                                                                                                                                                                                                                                                      Esta actividad comercial de distribución de agua a granel, estaba prohibida por la ley número 42-01 General de Salud y está regulada por el reglamento número 42-05, dictado por el Poder Ejecutivo.

Los distribuidores de agua a granel interpusieron un recurso de amparo ante el Tribunal Superior Administrativo en donde fue declarado inadmisible.

El grupo de empresas afectadas por esas prohibiciones interpusieron el amparo para salvaguardar sus derechos fundamentales a la legalidad, libertad de empresa y debido proceso administrativo.

El Tribunal Constitucional estableció su decisión favoreciendo a las empresas distribuidoras de agua a granel, en donde se busca que el sector se regularice acorde a las disposiciones normativas vigentes y en consonancia con lo establecido en la Constitución.

La firma de abogados Jorge Prats, Abogados & Consultores, representó a las empresas distribuidoras de agua a granel, encabezados por su socio fundador, Eduardo Jorge Prats, logró que se reconocieran importantes derechos fundamentales que le asisten no tan solo a las empresas distribuidoras de agua a granel, sino a cualquier agente económico.

Según la firma de abogados, la sentencia del Tribunal Constitucional fortalece el clima de inversiones y la seguridad jurídica en el importante sector de distribución de agua a granel, cuya existencia es de vital importancia para el abastecimiento de agua de los sectores más vulnerables del país.

“Dicha Alta Corte, a través de su decisión judicial, sentó las bases para la adopción de un marco regulatorio adecuado para la distribución de agua a granel, reconociendo la potestad regulatoria de las agencias gubernamentales correspondientes para preservar el derecho a la salud de toda la población…”, explica una nota de prensa enviada por esa institución de abogados.