SANTO DOMINGO, República Dominicana.- A casi cuatro meses de haber sido dado el fallo del Tribunal Superior Administrativo (TSA), a favor de un ejecutivo del Instituto de Formación Técnico Profesional (INFOTEP), el director interino, Idionis Pérez, ha desestimado el ordenamiento que le obliga al pago los salarios dejados de percibir durante la suspensión del anterior gerente de la Regional Sur, licenciado Leonel Santiago Durán García.

Durán García, entregó el 21 de mayo de 2013 a la corte máxima en lo concerniente a las relaciones entre la Administración del Estado y los particulares, una instancia contentiva de la Acción de Amparo, contra el INFOTEP y su director, instrumentada por la abogada Ángela María Arias Cabada, en representación del accionante.

En este recurso, se solicita al Tribunal el cese de la persecución en contra del solicitante, así como la prohibición de la cancelación de su cargo como gerente, y la restitución inmediata en dicha posición, conjuntamente con los salarios dejados de pagar por el periodo de noventa días.

El recurso fue elevado a raíz de la cancelación de la parte demandante, luego de una suspensión de 30 días, extendida 10 días al término de esa. Finalmente recibió una suspensión de 90 días sin disfrute de salario, acto tras el que fue separado de la institución de forma permanente.

El 31 de julio del 2013, una vez suministradas las declaraciones, el Tribunal Superior falló a favor de la parte accionante, en el que se rechazó los medios de inadmisión formulados por la parte accionada y la Procuraduría General Administrativa.

En la resolución, el Tribunal ordena el restablecimiento del accionante a su porción de trabajo como Gerente de la Gerencia Regional Sur del INFOTEP, así como el pago de los salarios dejados de percibir como consecuencia de la suspensión de labores por 90 días.

Finalmente impone una sanción económica forzosa por la suma de 10 mil pesos dominicanos diarios por cada día de retardo en el cumplimiento de lo dispuesto por esta decisión, determinándose que los fondos de sanción sean destinados a favor de una institución benéfica.

Hasta la fecha, los salarios y beneficios que corresponden al período transcurrido desde la fecha en que se emitió el fallo a favor de Leonel Durán, en base a la fecha de cancelación, que data del 22 de julio del 2013, pertenecen al pago  de salarios correspondientes a la suspensión por 90 días, salario correspondiente a 10 días del mes de julio,  salario correspondiente desde agosto hasta noviembre, así como un incentivo por Antigüedad en el Servicio y un bono por indexación salarial.

La ejecución de la sentencia de amparo, según lo indicado por la máxima corte administrativa, es “sobre minuta”, por lo que la implementación de la misma debió acatarse de forma inmediata.

Sin embargo, no ocurrió así, y tras tres meses de haberse conocido el fallo, el director interino Idionis Pérez y el INFOTEP han hecho caso omiso a la disposición del tribunal.

El cumplimiento de las leyes dominicanas, sin importar el estatus social, político o económico de las personas, es de carácter mandatorio, así como con las disposiciones de tribunales dominicanos como el Tribunal Superior Administrativo, las cuales deben ser acatadas tal y como refieren los ordenamientos dictaminados por esta corte y sus resoluciones.

Sentencia contra el director de INFOTEP