SANTO DOMINGO, Dominicana.-El presidente Danilo Medina, en su calidad de cabeza del Poder Ejecutivo, solicitó al Poder Legislativo que se anule el mandato de la nueva Ley de las Fuerzas Armadas para reducir el número de generales en un plazo de seis años, que contempla que por cada coronel que sea ascendido tres generales sean puestos en retiro.
“Mantener esta disposición en la Ley, en la forma que se encuentra redactada, generaría serias inconsistencias en su aplicación, debido a la ausencia de criterios que permita sustentar cada decisión”, afirma el presidente Medina en la comunicación de observación a la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas enviada el Congreso, en la cual objeta 41 artículos de la legislación.
El mandatario devolvió la pasada semana sin promulgar la ley que regirá los estamentos militares.
El artículo 264 de la referida legislación militar establece que en lo relativo al establecimiento de las plazas de generales y almirantes en las Fuerzas Armadas, deberá ser aplicado en un aplazo no mayor de seis años y que, durante ese período, por cada coronel promovido, tres generales serán puestos en retiro.
El presidente Medina observó esta disposición del referido artículo, señalando que para garantizar la continuidad del cambio generacional y el recorrido oportuno y armónico de la carrera militar de todos los miembros de las Fuerzas Armadas, el ascenso a la categoría de general o almirante quedará condicionado a la existencia de plaza disponibles, cuyo número nunca será mayor de una (1) plaza por cada mil (1,000) miembros de la institución militar de que se trate (Fuerza Aérea, Ejército, Marina de Guerra).
“Si bien constitucionalmente todo lo relativo a la carrera militar se regirá conforma a la ley, esta disposición tiende a la arbitrariedad y obliga al Presidente de la República de turno mantener un cuerpo de oficiales superiores no necesariamente de un sistema de carrera.”
La observación el referido artículo señala, además, que al no tener cuantificados los oficiales que entrarían dentro de esa disposición, por la dificultad para su aplicación y transparecia, el presidente Medina sugiere eliminar tal disposición de la legislación.
En la nueva Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, en su artículo 264 establece lo siguiente:
“Gradualidad de aplicación de artículo 111. “La disposición del artículo 111 de la presente ley, relativa al establecimiento de las plazas de generales y almirantes en las Fuerzas Armadas, será aplicada en un plazo no mayor de seis (6) años, contados a partir de la promulgación de la presente ley.
Durante ese período, por cada coronel o capitán de navío ascendido se pondrán en retiro tres (3) generales o almirantes, según la institución que corresponda, observándose de manera estricta, las disposiciones que para el retiro establece la presente ley sobre antigüedad en el servicio y permanencia en el grado, entre otras.”
El Presidente Danilo Medina propone al Congreso de la República modificar el referido artículo de la ley Orgánica de las FFAA, por el siguiente:
“Artículo 264.- Números de plazas para oficiales generales. A fin de garantizar la continuidad del cambio generacional y el recorrido oportuno y armónico de la carrera militar de todos los miembros de las Fuerzas Armadas, el ascenso a la categoría de general o almirante, quedará condicionado a la existencia de plaza disponibles, cuyo número nunca será mayor de una (1) plaza por cada mil (1,000) miembros de la institución militar de que se trate. El Reglamento de aplicación de la presente ley, determinará las posiciones que dentro de la estructura militar demanden la designación de un oficial en la categoría de general o almirante, en adición a las establecidas en la presente ley.”
Observaciones Sometidos Por el Poder Ejecutivo al Proyecto de Ley Orgánica de las FFAA