SANTO DOMINGO, República dominicana.-El presidente Danilo Medina creó a través del Ministerio de Defensa el  Plan Especial Transitorio de Servicios de Seguro de Salud para Pensionados y Jubilados de las Fuerzas Armadas.

El decreto 159-17 del presidente Danilo Medina dispone que todos los pensionados de las instituciones militares que estén en la base de datos del Ministerio de Hacienda o de la Junta de Retiro de las FFAA, serán incorporados a este plan  de salud en los próximos 30 días.

La afiliación del titular y sus dependientes directos se hará ante la ARS SeNaSa, y solo  excluye a los pensionados y jubilados que estén afiliados en el régimen contributivo en calidad de titular o dependiente.

Los hijos con discapacidad físicas recibirán cobertura sin límite de edad, según refiere el decreto.

SeNaSa garantizara, según el decreto, la cobertura de dicho plan mediante la contratación de una red nacional  de prestadores de servicios de salud públicos y privados, autorizada por la Superintendencia de Salud  y Riesgos Laborales (SiSAlRII).

El decreto establece, asimismo, que los miembros de las Fuerzas Armadas que sean pensionados luego de haber cotizado para el régimen contributivo serán incorporados al plan especial de salud de forma temporal, hasta que acumule los aportes requeridos para su afiliación definitiva al Seguro Familiar de Salud del régimen contributivo.

El beneficiario aportará  el 6.3 del monto de su pensión para financiar  el Plan Especial Transitorio de Seguro de Salud,  hasta el tope de 10 salarios mínimos nacional de la seguridad social, que actualmente ronda en los 10 mil pesos.

El decreto autoriza a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) a  actualizar y establecer en el futuro nuevos montos en  el descuento por afiliado, a través de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), a favor de SeNaSa para financiar la cobertura del  referido plan de salud.

Los afiliados podrán incorporar a sus padres e hijos hasta  los 18 años edad y  21 si son estudiantes, pero tendrán pagar un adicional de 900 pesos mensuales.

Los hijos con discapacidad físicas recibirán cobertura sin límite de edad, según refiere el decreto.

El Poder Ejecutivo instruyó a la TSS y a la Empresa Procesadora de Base de Datos (EPBE-UMIPAGO) para que en un plazo de 30 días, a partir de la entrada en vigencia del decreto,  habiliten los mecanismos para iniciar  el registro de  afiliación de los pensionados y sus dependientes directos.