SANTO DOMINGO, República Dominicana.-Para la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo no existe contradicción en la respuesta que dio al abogado Jorge Luis Polanco, quien preguntó si el entonces ministro de Obras Públicas, Gonzalo Castillo, había sido autorizado por el Poder Ejecutivo mediante un poder especial para firmar contratos con la empresa ASIMRA.

Asimismo, recordó que los ministros están autorizados a firmar contratos sobre asuntos propios de sus ministerios sin necesidad de contar con un poder especial del Poder Ejecutivo ni con su validación previa, en virtud de la Ley de Administración Pública.

En respuesta a la información publicada por este medio, bajo el título: "Zapete afirma Gonzalo firmó contratos con ASIMRA sin autorización del Poder Ejecutivo" (ver enlace Zapete afirma Gonzalo firmó contratos con ASIMRA sin autorización del Poder Ejecutivo), un funcionario de la Consultoría Jurídica envió el siguiente documento:

Resaltó que es cierto que al abogado Jorge Luis Polanco se le informó que no fue encontrado ningún registro relativo a algún Poder Especial otorgado al ministro de Obras Públicas y Comunicaciones para que suscribiera un contrato con la sociedad comercial GRUPO ASIMRA, S.R.L.

Y que «No fue encontrado ningún registro relativo a algún Poder Especial otorgado al ministro de Obras Públicas y Comunicaciones para los contratos concertados con la sociedad GRUPO ASIMRA, S.R.L., que fueron suscritos en las siguientes fechas: a) 10 de junio de 2013. b) 1 de noviembre de 2017. c) 30 de noviembre de 2017».

Pero explicó que la Ley Orgánica de la Administración Pública da la atribución a los ministros para poder suscribir los contratos para los asuntos propios de cada ministerio, sin la autorización previa del Presidente de la República.

"Finalmente, permítame informarle que el numeral 28 del artículo 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública núm. 247-12, del 9 de agosto de 2012, establece como una de las atribuciones de los ministros suscribir en representación del Estado los contratos relacionados con asuntos propios del ministerio, lo que significa que los contratos de referencia, para su validez, no requieren la autorización del Presidente de la República", precisa el documento que envió la Consultoría Jurídica al abogado Jorge Luis Polanco.

A esa respuesta hizo referencia el periodista Marino Zapete en la noticia publicada en Acento.com.do en fecha 31 de enero de 2020.