SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Consejo del Poder Judicial aprobó el Reglamento de Control Administrativo Interno que, entre otras cosas, dispone que la Dirección General de Administración y Carrera Judicial gestione las solicitudes de agilización de casos pendientes en los tribunales, tramite los ascensos y traslados de jueces y proponga un sistema de escalafón judicial.

La resolución (número 009/2019) destaca que el accionar del Consejo se fundamenta en “los principios de juridicidad, ética, servicio objetivo a las personas, racionalidad, igualdad de trato, eficacia, seguridad jurídica, proporcionalidad, ejercicio normativo del poder, imparcialidad e independencia, entre otros”.

El Consejo del Poder Judicial lo preside el magistrado Luis Henry Molina Peña y lo integran los magistrados Nancy Salcedo Fernández, Etanislao Radhamés Rodríguez Ferreira, Fernando Fernández Cruz y Leonardo Recio Tineo, cada uno de ellos en representación de los jueces de la Suprema Corte de Justicia, los de la Corte de Apelación, de Primera Instancia y de Paz, respectivamente.

En la nota de prensa que informó de los detalles del Reglamento también reveló que este dispone que los consejeros están obligados a guardar el secreto de las deliberaciones y rendir al Consejo informe trimestral de su gestión.

En cuanto a la labor del Consejo como órgano, ordena que “tanto la agenda de sus reuniones como el acta resultante de las mismas sean públicas y su contenido informado en el portal web del Poder Judicial, a excepción de los puntos que pudieren vulnerar la privacidad, dignidad, honor, imagen pública de la persona y la presunción de inocencia”.

Los directores de órganos de apoyo tienen entre sus funciones proponer proyectos para alcanzar los objetivos establecidos por el Consejo y ejercer las competencias que le sean delegadas.

De forma particular, establece que la Secretaría General es el órgano de apoyo operativo encargado de servir de enlace entre el Consejo y los demás órganos y en adición a las atribuciones (conferidas mediante Ley núm. 28-11) asistirá a la Presidencia en la supervisión de la ejecución de las decisiones emanadas del Consejo y de las respectivas Comisiones.

La Dirección General de Administración y Carrera Judicial asistirá al Consejo en la formulación de programas, normas, políticas y estrategias de la carrera judicial y de la carrera administrativa judicial.

También administrará y monitoreará la gestión de recursos humanos del poder Judicial, conociendo las licencias, vacaciones y permisos; procesará las suplencias de titulares de los órganos de apoyo operativo, aplicaár la evaluación de desempeño de los jueces, funcionarios y empleados administrativos y gestionará las solicitudes de agilización de casos pendientes en los tribunales, presentadas por los usuarios y rendirá un informe periódico al Consejo.

En cuanto a la Contraloría General del Consejo del Poder Judicial deberá formular, ejecutar y evaluar el programa anual de auditorías y de acciones de control y someterlo a la aprobación del Consejo.

La Inspectoría General tendrá a su cargo investigar las denuncias presentadas por los usuarios del sistema que les fueran remitidas por el Consejo, o de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Disciplinario.

La Dirección General Técnica tiene dentro de sus atribuciones formular y presentar al Consejo el proyecto de presupuesto anual en coordinación con la Dirección General de Administración y Carrera Judicial, así como diseñar e implementar nuevos modelos de gestión en los despachos judiciales.

Este nuevo reglamento deroga la Resolución 03-14 de fecha 19 de mayo de 2014, así como toda otra resolución dictada por dicho órgano administrativo y disciplinario que le sea contraria.