SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) inhabilitó por dos años, en el ejercicio de la profesión, a una abogada de la provincia de Puerto Plata, por haber incurrido en una supuesta mala conducta.

La sentencia número 017-2011, declara a la abogada María Del Carmen Aracena Gómez culpable de violar los artículos 1 al 4 del Código del Profesional del Derecho.

En el expediente el tribunal disciplinario del CARD descargó al abogado Luis Enrique Páez por no haberse probado los hechos imputados en su contra, luego de una querella en contra de ambos depositada por Deómedes E. Olivares Rosario.

El tribunal rechazó una solicitud de indemnización de 5 mil pesos,  por daños y perjuicios en contra de los querellados.

El querellante Olivares Rosario estuvo representado por los abogados Julio César Terrero Carvajal y  Miguel De La Rosa Genao.

La condena disciplinaria fue emitida por los jueces Virgilio De Jesús Baldera, presidente; Erasmo Durán Beltré, miembro, y Jacqueline Encarnación, suplente del Tribunal Disciplinario del CARD.

La sentencia deberá ser notificada a la Suprema Corte de Justicia, a la Procuraduría General de la República y la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo.

La sentencia establece que el régimen disciplinario tiene por objeto contribuir a que los profesionales del derecho cumplan leal, eficiente y honestamente sus deberes y responsabilidades frente a sus clientes y la sociedad.