SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El borrador del reglamento del Consejo Nacional de la Magistratura, que se discute en el ámbito político y judicial, propone que la selección de los miembros de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior Electoral sea mediante un proceso a puertas cerradas, sin la presencia de los medios ni de representantes de la sociedad, como ya ocurrió en 1997, cuando fue escogida la actual Suprema Corte de Justicia.
Según el artículo 25 del reglamento en discusión, al que tuvo acceso Acento, “concluido el proceso de vistas públicas de evaluación, el Consejo Nacional de la Magistratura deliberará a puertas cerradas y los miembros del Consejo someterán al Presidente los nombres de los o las postulantes que nominen; el Presidente someterá a votación a cada uno de los postulantes nominados y cada miembro del Consejo votará levantando su mano derecha si está a favor de que dicho postulante sea aceptado(a) como juez o jueza. En el caso del Tribunal Superior Electoral igual procedimiento se seguirá para seleccionar a los suplentes una vez lo hayan sido los jueces titulares”.
El documento contempla que las vistas públicas se hagan sólo para evaluar las capacidades y actitudes de los aspirantes, y que esas vistas públicas sean transmitidas por un canal de televisión.
El artículo 22 del reglamento en discusión dice sobre las vistas públicas lo siguiente: “Transcurrido cinco (5) días de la publicación prevista en el artículo 20, el Consejo Nacional de la Magistratura llamará por orden alfabético de los apellidos a los aspirantes depurados para proceder a su evaluación, la cual se realizará de forma televisada y se transmitirá en vivo por el canal de televisión oficial, pudiendo ser retransmitido por cualquier otro canal local e internacional que así lo decida”.
Cada postulante deberá ser evaluado durante el tiempo que el CNM estime necesario, y se tomará en cuenta las capacidades y actitudes. En este sentido menciona numerosas cualidades que serán evaluadas:
a) Temperamento;
b) Trayectoria personal;
c) Experiencia profesional;
d) Reputación o imagen pública;
e) Formación académica;
f) Capacidad de análisis;
g) Reputación intelectual;
h) Capacidad de interpretación y razonamiento jurídico;
i) Conocimiento de la realidad social y cultural nacional;
j) Publicaciones académicas;
k) Integridad;
l) Laboriosidad y capacidad de rendimiento;
m) Vocación de servicio público;
n) Independencia en el ejercicio de función pública, si la tuviere;
o) Capacidad administrativa; e
p) Interés y tendencia al perfeccionamiento del sistema de justicia.
Los actuales jueces de la SCJ que aspiran a mantenerse en el cargo deberán ser sometidos a una evaluación que sería en forma especial, para escuchar exclusivamente a esos magistrados. En los artículos transitorios del reglamento se plantea este procedimiento:
Los jueces de la Suprema Corte de Justicia designados bajo las reglas constitucionales anteriores al año 2010 que expresaren su interés en ser considerados para un nuevo período o para integrar otro de los órganos cuya designación corresponde al Consejo Nacional de la Magistratura serán llamados por éste a una sesión especial destinada exclusivamente a escuchar a tales magistrados. El desarrollo de dicha vista pública especial se regirá de conformidad con lo previsto en el artículo 23.
Proyecto de reglamento del Consejo Nacional de la Magistratura