Los recursos asignados al Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER) fueron usados como una piñata, de la cual se distribuyeron RD $53 millones entre funcionarios, legisladores y parientes cercanos del entonces presidente de la República, Danilo Medina.

Datos contenidos en una reciente auditoría de la Cámara de Cuentas (CCRD) revelan desembolsos por conceptos de supuestas ayudas sociales, que favorecieron a personas y entidades que no califican para ese tipo de asistencia.

Las autoridades del FONPER solo están autorizadas por su Reglamento Interno a conceder ayudas económicas a personas y comunidades en situación de desgracia; por enfermedad, disfunciones o discapacidad; por indigencia o extrema pobreza, así como por estudios, útiles y uniformes escolares; a instituciones pública o privadas que desarrollen programas y proyectos sociales.

Durante el periodo 2013-2020, según el informe de fiscalización, de los RD$ 53, 109,116 que fueron destinados en supuestas ayudas, 52 millones fueron a parar a dos fundaciones representadas por la entonces diputada Lucia Medina Sánchez, hermana de la subdirectora del FONPER, Magaly Medina Sánchez, que guarda prisión preventiva domiciliaria imputada en la operación antipulpo de la Procuraduría General de la República. Ambas son hermanas del expresidene Danilo Medina Sánchez.

Los desembolsos fueron, según la CCRD, autorizados cada mes por la funcionaria, quien transfería los fondos a las cuentas de las Fundaciones Vida Sana y Mujeres para el Desarrollo de San Juan de la Maguana, representada por la expresidenta de la Cámara de Diputados.

Durante la investigación a los estados financieros y contables del FONPER, los auditores detectaron al menos ocho desembolsos millonarios a nombre de las referidas fundaciones.

También figura entre las ayudas recibidas, aunque con un monto menor, el exdiputado Robert Maldonado, por concepto de cenas navideñas para el bloque de diputados y agasajos a periodistas en diciembre de 2013 y 2014 respectivamente.

En esa ocasión la entidad oficial entregó la suma de 200 mil pesos al congresista, en franca violación al decreto 631-03 del Reglamento sobre el Fondo Patrimonial de las Empresas Renovadas.

Durante el reparto de ayudas , también resultó beneficiado con 500 mil pesos, el mercadólogo Pablo Ross Gómez, por concepto de contribución económica para cubrir gastos del “Foro Global Marketing y Liderazgo", celebrado en 2012. Ross guarda prisión por agresión sexual contra una hijastra adolescente.

La Cámara de Cuentas cuestiona, además, los recursos entregados como ayuda al esposo de la diputada Lucia Medina para viajar a Boston, Estados Unidos, a participar de un supuesto taller de negocios en la universidad de Harvard en marzo de 2014.

Refiere el documento que el señor Edgar Eduardo Mejía Butten, quien se desempeñaba como miembro del Consejo del FONPER, para el supuesto viaje la suma de 109 mil 116 pesos, los auditores no mostraron en su informe evidencia documentada de que la persona participara de dicho taller.

Otro desembolsos de 150 mil pesos destinado a la compra de tres boletas para participar de la cena conferencia “Empleo y Emprendurismo” , figuran a nombre del fenecido expresidente del Senado de la República Reinaldo Pared Pérez.

Las supuestas ayudas del FONPER también beneficiaron al periodista Jaime Thomas Frías con la suma de 150 mil pesos, por participar en el programa “Danilo a un Año de su Elección”, por teleuniverso, sin que la publicidad esté incluida en el reglón de ayudas sociales de la entidad.

El órgano de fiscalización del gasto público subraya que ninguna de estas ayudas entregadas a entidades, funcionarios y particulares, corresponden con la naturaleza de las ayudas sociales descrita en la normativa de la entidad oficial.

El pleno de la CCRD refiere que el artículo 23 del decreto 631-03 establece que no pueden ser directa o indirectamente beneficiados, denarios, asesores o comisionistas de los programas y proyectos del FONPER, los miembros de los cuerpos legislativos, los secretarios y subsecretarios del Estados, los miembros y de más jueces del poder judicial (…).

Mientras que el artículo 24 del referido decreto señala que “ tampoco podrán ser beneficiarios de dichos fondos los parientes hasta el cuarto grado inclusive, los cónyuges y afines hasta el tercer grado inclusive de los funcionarios indicados en el artículo anterior (…).”