SANTO DOMINGO, República Dominicana. – En la mañana de hoy, Andrés Bautista García presentó ante la Segunda Sala (Sala Penal) de la Suprema Corte de Justicia un formal recurso de apelación en contra del auto de apertura a juicio dictado en su contra por el magistrado Francisco Ortega Polanco.

La defensa técnica indicó que este recurso de apelación debe ser admitido y acogido por dicha Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia dado que la decisión del juez Ortega Polanco constituye un “nefasto precedente para el sistema de justicia penal”.

“Con ella, se convirtió de un plumazo en legislador y también en Constituyente al crear reglas procesales no existentes y reservadas al legislador, violando así el principio de separación de poderes que establece la Constitución y las garantías tanto procedimentales como dogmáticas de la Constitución de la República”, expresó su defensa en un comunicado de prensa.

El licenciado Carlos Salcedo, quien dirige el Consejo de Defensa del licenciado Bautista García y los demás integrantes de la defensa, los licenciados Antoliano Peralta, Gustavo de los Santos y Thiaggo Marrero, añaden que el magistrado Ortega Polanco prevaricó, al señalar que el artículo 24 de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, supuestamente dispone la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción administrativa, cuando no es así. Agregaron que la Constitución lo que establece es la posibilidad de que el legislador amplíe los plazos de prescripción, sin que exista una ley tampoco que establezca dicha imprescriptibilidad.

De igual forma, la defensa técnica de Andrés Bautista García manifestó que de mantenerse el auto de apertura a juicio el juez Ortega Polanco se aniquilaría el sentido de la audiencia preliminar y la función del juez, convirtiéndose este en un “juez-Ministerio Público”, retrotrayendo con esto el proceso penal al sistema inquisitivo, el cual quedó superado con el Código Procesal Penal.

Señalaron que el magistrado Ortega Polanco consagró la violación al derecho de defensa y al debido proceso por parte del Ministerio Público al admitir las delaciones premiadas y al darle la naturaleza de pruebas documentales a los informes periciales que presentó el órgano acusador, no obstante esto ser contrario a la norma y no amparado en el principio de libertad probatoria que el juez Ortega desnaturalizó para permitir el contrabando de pruebas y la obtención de estas de espaldas a las garantías y derechos de Bautista García.

De igual forma, indicaron que ha sido una jurisprudencia constante de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia como del Tribunal Constitucional, la admisión y conocimiento de recursos en contra de autos de apertura a juicio por violación a cuestiones de índoles constitucional.

Aseguran que así sucede con el auto de apertura a juicio dictado por Francisco Ortega Polanco, que se lleva de encuentro el principio de irretroactividad de la ley y de la Constitución, la división de poderes, la igualdad entre las partes, el principio de contradicción y de oralidad, elementos estructuradores del proceso penal constitucionalmente admitido.

Los abogados de Andrés Bautista García dijeron confiar en que los jueces de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, actúen apegados a sus precedentes jurisprudenciales y acojan el recurso de apelación, al igual que revoquen el auto de apertura a juicio por éste contener, segú su barra, violaciones de índole constitucional que ponen en duda la institucionalidad democrática y el Estado de Derecho.