SANTO DOMINGO, República Dominicana.-Aunque el corte del pelo del cantante urbano Vakeró para muchos significó un simple procedimiento, la Cámara Penal de San Pedro de Macorís declaró inconstitucional el reglamento que rige los 16 centros del Nuevo Modelo Penitenciario.
La jueza Miguelina Mendoza Ramírez consideró que cortarle la cabellera al artista urbano Manuel Varet Martes, mejor conocido como Vakeró, constituye una violación a la libertad de cultos y conciencia.
“Declara inconstitucional el reglamento, resolución o medida que ordena el corte de pelo o raspado de la cabellera aplicado al presente caso por ser violatorio al artículo 45 de la Constitución de la República, el cual establece la libertad de conciencia o culto; por lo que ordena a las autoridades del centro de corrección y rehabilitación de esta ciudad de San Pedro de Macorís, abstenerse a cortarle el pelo al ciudadano Manuel Varet Martes”, explica el dictamen.
Después que fue trasladado a la cárcel de San Pedro, las autoridades del penal cortaron una enorme cabellera que tenía Vakeró durante diez años, lo que lo llevó a crear un precedente en materia constitucional.
El tribunal rechazó además la solicitud accesoria que presentó el abogado de Vakeró, Manuel Moquete, con relación a la destitución de los funcionarios del centro penitenciario, así como remitir a dichos funcionarios a la acción de la justicia.
El pasado jueves 17 de enero, el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional ordenó tres meses de prisión preventiva en la cárcel de San Pedro de Macorís contra el cantante de música urbana Vakeró, por violencia de género e intrafamiliar.
La cantante Martha Heredia acusa a Vakeró de agresión física y sicológica, en una querella formal con constitución en actor civil presentada ante la Fiscalía del Distrito Nacional.