Setenta y dos organizaciones e instituciones de servicio reclamaron al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo que se permita sin penalización la interrupción de los embarazos cuando estén precedidos de recomendaciones médicas por asuntos de salud o terapéutico.
Las entidades señalaron las tres causales por las cuales los especialistas dominicanos e internacionales han recomendado que se permita a las mujeres interrumpir un embarazo: cuando la vida de la madre esté riesgo, cuando el feto teng malformaciones incompatibles con la vida y cuando la mujer esté embarazada a consecuencia de una violación sexual o por incesto.
Asimismo, recordaron que el embarazo en adolescentes, que en el país supera el 20% de todas las parturientas, es otro factor negativo, que muchas veces termina cobrando la vida de las más jóvenes, y que el 61.4% de las adolescentes alguna vez embarazadas en el país pertenecen a los dos quintiles más pobres.
Advirtieron que de penelizarse la interrupción del embarazo en todas las circunstancias y sin ninguna excepción, se violaría la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW. Arts. 1, 2, 3, y 12) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará. Arts. 3, 4, 5, 6 y 7), entre otros instrumentos jurídicos internacionales ratificados por este país.
El documento completo:
Las organizaciones nacionales e internacionales que asumen como suyos los derechos de las mujeres estamos altamente preocupadas ante la amenaza de penalizar la interrupción del embarazo en circunstancias especiales, tales como cuando la vida de la mujer corre peligro, cuando el feto tenga malformaciones incompatibles con la vida y cuando la mujer haya sido víctima de violación o incesto. Por tanto alertamos al Estado y a la sociedad dominicana para que impidamos que tal injusticia se materialice.
En 2014 el presidente de la República reconoció que la penalización de la interrupción del embarazo en cualquier circunstancia, contemplada en el mutilado proyecto de Código Penal aprobado por la Cámara de Diputados y pendiente de ser conocido en el Senado, además de violentar la dignidad y la integridad psíquica y moral de las mujeres, es contrario a la Constitución Dominicana, al derecho internacional y a múltiples pactos y acuerdos de derechos humanos asumidos por la República Dominicana.
En su artículo 38, la Constitución de la República establece que “el Estado se fundamenta en el respeto a la dignidad de la persona y se organiza para la protección real y efectiva de los derechos fundamentales que les son inherentes. La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos”.
De igual forma, el artículo 42 de dicha Carta Magna establece claramente excepciones en las que deben ser aplicados procedimientos médicos contrarios a las reglas generales, en condiciones especiales de riesgo. Además, los artículos 39 y 43, entre otros de la Constitución serían violados si se sanciona el aborto en las tres causales antes mencionadas. También se violaría la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de Todas Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW. Arts. 1, 2, 3, y 12) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem do Pará. Arts. 3, 4, 5, 6 y 7), entre otros instrumentos jurídicos internacionales ratificados por este país.
En su carta de observación a los artículos del Código Penal que penalizan la interrupción del embarazo, enviada a la Cámara de Diputados el veintiocho (28) de noviembre del 2014, el presidente Medina advierte, que “lo más justo, equilibrado y acorde con el espíritu de protección de derechos y humanidad que debe regir al Estado sería equiparar nuestra legislación con la de la mayoría de los países del mundo, que permiten la interrupción del embarazo, cuando sea practicada por personal médico especializado, en establecimiento de salud, públicos o privados, dentro de los plazos que se consideren de lugar y solo en tres supuestos debidamente fundamentados: cuando la vida de la madre corre peligro, cuando la madre ha sido víctima de violación o incesto o cuando el feto tenga malformaciones incompatibles con la vida”.
La ilegalidad en la que se mantiene la interrupción del embarazo atenta contra los derechos de las mujeres en especial el derecho a la salud. Es oportuno recordar que la República Dominicana es uno de los países que tienen un alto índice de mortalidad materna, la que ha mantenido en las últimas décadas. Esto es particularmente importante si se toma en cuenta que NO se cumplió con los Objetivos de Desarrollo del Milenio y hay serios riesgos de que no se cumpla con los Objetivos de Desarrollo Sostenible si se mantiene la tendencia actual. El 13% de las muertes maternas son causadas por abortos clandestinos practicados por manos inexpertas en condiciones de inseguridad (SINAVE, 2014). Estas muertes maternas recaen sobre las más pobres y jóvenes.
El embarazo en adolescentes, que en el país supera el 20% de todas las parturientas, es otro factor negativo, que muchas veces termina cobrando la vida de las más jóvenes. El 61.4% de las adolescentes alguna vez embarazadas en el país pertenecen a los dos quintiles más pobres.
Por tanto la penalización total es un serio problema de salud pública, que el Estado debe afrontar con responsabilidad, como lo han hecho la inmensa mayoría de las sociedades democráticas.
Les corresponde a los senadores enmendar el error cometido por la mayoría de los diputados, quienes ignoraron que de acuerdo a Barómetro Latinoamericano 2014 y otras encuestas como Gallup, la mayoría de los dominicanos y dominicanas están de acuerdo en permitir el aborto en algunas causales. De aprobarse el Código como está se atentaría contra la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
El Senado puede y debe atender las recomendaciones del Presidente Medina al legislar en favor de las tres causales.
Los partidos políticos y la sociedad en general deben reconocer la importancia que, en materia de derechos humanos, tiene el establecimiento de un régimen legal que garantice el derecho de las mujeres a interrumpir un embarazo cuando las circunstancias lo requieran, a fin de preservar su salud física y mental y su dignidad.
Esperamos que los Poderes Públicos hagan todo lo que esté a su alcance para avanzar en dirección a la eliminación de la alta tasa de morbi-mortalidad materna, a conveniencia del país, de la salud y la vida de las mujeres, a través de la inclusión en el Código Penal un artículo que diga así:
“No será punible la interrupción del embarazo cuando sea practicado por personal médico especializado, en centros o establecimientos de salud, públicos o privados, en los casos en que peligre la vida de la gestante, cuando ésta ha sido víctima de violación o incesto, o cuando el embrión o feto presente malformaciones incompatibles con la vida”.
Organizaciones e instituciones firmantes
Acción Callejera Inc. | ||
Alianza Solidaria para la Lucha contra el VIH y el SIDA | ASOLSIDA | |
Amigos Siempre Amigos | ASA | |
Asamblea de Cooperación por la Paz | ||
Asociación Club Nuevo Ambiente, Inc | ASOCLUBNUAM | |
Asociación de Mujeres Tecnica en Trabajo No Tradicional | AMUTEC | |
Asociación ProBienestar de la Familia | PROFAMILIA | |
Asociaciòn Tù, Mujer | Tù Mujer | |
Católicas por el Derecho a Decidir | CDD | |
Centro de Desarrollo Sostenible | CEDESO | |
Centro de Estudios de Género de INTEC | CEG-INTEC | |
Centro de Investigación para la Acción Femenina | CIPAF | |
Centro de Servicios Legales | CENSEL | |
Centro Integral para el Desarrollo Local | CIDEL | |
Centro para la Educación y el Desarrollo | CEDUCA | |
Centro Solidaridad para el Desarrollo de la Mujer | CE-Mujer | |
Círculo de Mujeres con Discapacidad | CIMUDIS | |
Cìrculo de Periodistas de la Salud | CIPESA | |
Colectiva Mujer y Salud | ||
Comisión Nacional de Derechos Humanos | CNDH | |
Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de lasMujeres | CLADEM | |
Comité Intersindical de la Mujer Trabajadora | CIMTRA-CNUS | |
Comunidad Internacional de Mujeres Viviendo con VIH | ACW Latina | |
Confederación Nacional de Mujeres del Campo | CONAMUCA | |
Coordinadora Lésbica y de Hombres Trans | COLEHT | |
Diversidad Dominicana | DIVERDOM | |
Escuela Multitemática | ||
Facultad de Artes de la UASD | ||
Facultad de Ciencias de la Educaciòn de la UASD | FCE-UASD | |
Facultad de Ciencias de la Salud de la UASD | FCS-UASD | |
Facultad de Ciencias de la UASD | FC-UASD | |
Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la UASD | FCES-UASD | |
Facultad de Ciencias Jurìdicas y Polìticas de la UASD | FCJP-UASD | |
Facultad de Humanidades de la UASD | FH-UASD | |
Federación de Mujeres Campesinas de Bani | FEMUCABA | |
Federación de Mujeres Campesinas de Cambita | FEMUCAC | |
Federación de Mujeres Campesinas de Elías Piña | FEMUCAS | |
Federación de Mujeres Campesinas de Moca | FEMUCAMO | |
Federación de Mujeres Campesinas de Monte Plata | FEMUCAMP | |
Federación de Mujeres Campesinas de Sabana Larga | FEMUCAS | |
Federación de Mujeres Campesinas de San Cristóbal | FEMUCAS | |
Federación de Mujeres Campesinas de Yaguate | FEMUCAY | |
Federación de Mujeres Campesinas del Cercado | FEMUCAC | |
Federación de Mujeres Campesinas Del LLano | FEMUCALLA | |
Federación Latinoamericana de Asociaciones de Ginecología y Obstetricia. Asociada a la Federación Internacional de Obstetricia y Ginecología (FIGO) | FLAGSO | |
Foro Feminista Magaly Pineda | FFMP | |
Fundación Azúcar | FUNDAZUCAR | |
Fundación Comunidad, Esperanza y Justicia Internacional | FUNCEJI | |
Fundación de Proyectos para el Desarrollo | FUNDAPROYECTOS | |
Fundación Red de Jóvenes Unidos de Guachupita | FURJUG | |
Fundación Solidaridad | ||
Instituto de Acción Comunitaria, INC. | IDAC | |
Instituto de Investigaciòn y Estudios de Gènero y Familia UASD | IGEF-UASD | |
Instituto de Salud | INSALUD | |
Instituto Dominicano de Apoyo a la Juventud | INDAJOVEN | |
Instituto Sindical para la Cooperación al Desarrollo | ISCOS | |
Movimiento de Mujeres Dominico-Haitianas | MUDHA | |
Movimiento Feminista Hermanas Mirabal | MFHM | |
Movimiento Reconoci.do | ||
Movimiento Socio Cultural para los Trabajadores Haitianos, Inc | MOSCTHA | |
Mujeres en Desarrollo | MUDE | |
Núcleo de Apoyo a la Mujer | NAM | |
Observatorio Dominicano de Polìticas Pùblicas | ODPP | |
Organización para el desarrollo de la mujer Dominicana | ODEMUD | |
Oxfam en República Dominicana | ||
Participación Ciudadana | ||
Patronato de Ayuda a Casos de Mujeres Maltratadas | PACAM | |
Red Nacional de Jóvenes | ||
Republika Libre | Republika Libre | |
Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología | SDOG | |
Unión Democrática de Mujeres | UDEMU | |
Women’s Link WordWide |