De que no entiendo no entiendo. No entiendo, por el irracionalismo de un patriotismo que confunde la verdad con el fanatismo y, la justicia con el prejuicio. No entiendo, por un tribunal constitucional que en sus decisiones parece más un órgano del Estado destinado a formular políticas, entre ellas migratorias, que concebido para garantizar derechos y, con la sagrada obligación de dar al César lo que es del César y, a Dios lo que es de Dios. Pero, no despojar.
Y no entiendo, como un Tribunal Constitucional relativiza la cultura normativa de una nación, desconociendo la fuerza de legitimidad de sistemas legales establecidos en constituciones anteriores con justa razón tempore-espacial para sus épocas, mediadas en todo caso por circunstancias, consecuencias jurídicas, estatus y relaciones determinadas.
Entiendo menos, cuando en su razonamiento jurídico el TC construye mil y un argumentos en nombre de la historia de la persona en tránsito, y a su vez predica desde el punto de vista de la lógica jurídica la dictadura de una hipótesis premonitoria, “todo hijo de negro nacido después de 1929 en territorio dominicano, es ilegal, por lo tanto, no es dominicano”. Esta perspectiva jurídica del Tribunal Constitucional y su sentencia TC 0168/13 es moral y humanamente inaceptable.
El Tribunal Constitucional con la TC 0168/13 hace gala de su origen, con esta sentencia o dispositivo jurídico, propio de eruditos, de tribunos excepcionales, de constitucionalistas de fuste, de prohombres del derecho; pero, ausente de forma profunda, del carácter y la personalidad del juez, de su sentido y discernimiento de justicia cuya luz es la verdad y cuya fuerza impulsiva la paz y convivencia social.
No basta ser abogado para llegar a una corte sin recorrer el camino que forja la espiritualidad del juez, su alma deliberativa, su intuición de equidad, la carrera necesaria que marca la intuición del deber de estar por encima de pasiones e intereses particulares y mezquinos. Salvo el caso de la Corte Suprema de Justicia, las demás altas cortes carecen de esta comunidad de valores que tallan la personalidad del juez.
No quiero concluir sin hacer mi acostumbrada cita; esta vez, tomado de los 8 grandes mensajes Sociales del Sínodo de los obispos de 1971, citaré de forma específica la “Encíclica Octogésima Adveniens”, del Papa Pablo VI, en su numeral 15 : “ Con razón, los hombres consideran injustificable y rechazan como inadmisible la tendencia a mantener o introducir una legislación o prácticas inspiradas sistemáticamente por prejuicios racistas: los miembros de la humanidad participan de la misma naturaleza y por consiguiente de la misma dignidad, con los mismos derechos y deberes fundamentales…”
Esta sentencia TC 0168/13 no solo es discriminatoria, desproporcionada, ilegítima e inhumana; sino, salvaje. Salvaje en razón de que ataca lo esencial de la persona humana, su dignidad.