En nuestra entrega anterior comentamos algunas consideraciones del discurso pronunciado por el Lic. Jaquez Liranzo, presidente del tribunal Superior Electoral en la audiencia solemne que celebrara ese alto tribunal a propósito de haber arribado a su sexto aniversario. Una joven abogada y estudiante de la carrera de Ciencias Políticas, tuvo una reacción sobre lo comentado a propósito de lo cual me envía una cartita que me permito publicar.

Sr. Antoliano Peralta Romero: su artículo anterior me provoco algunas ideas que le expreso a continuación, las cuales dejo a su consideración la posibilidad de publicarlas:

Basta con decir que todo este enredo de la doble militancia y la democracia interna quedaría solucionado con la promulgación de la Ley de Partidos, una norma que regule los procesos de los partido y que la misma aplique para todos por igual, no se puede juzgar sin una norma previa al hecho que se pretende sancionar o peor aún si no está establecido que la doble militancia es considerada como violatoria no hay nada que lo impida, si bien es cierto que la sentencia prohíbe la doble militancia no menos cierto es que no existe una base jurídica que dé soporte a esa medida, toda vez que el TSE solo está fundamentando su decisión sobre la base de que produce un efecto negativo, no señor; debe establecer porque está prohibido; decir que es produce un efecto negativo no es suficiente; es un caso comparado al consumo de alcohol; produce un efecto negativo y perjudicial a la salud pero no por eso se le prohíbe a la fábrica seguir haciéndolo o a las personas que lo consuman. A falta de una ley que regule los procesos internos y establezca pautas específicas no habrá un precedente sobre el tema. Evidentemente no estoy de acuerdo con la doble militancia pero soy una fiel creyente de los debidos procesos. Agradeciendo su atención, Lcda. María Ortiz.

Quedan expuestas las ideas de la Lcda. Ortiz.