SANTO DOMINGO, República Dominicana.-El Centro de Educación Médica de Amistad Dominico-Japonesa (CEMADOJA), del Estado dominicano, favoreció a dos empresas privadas  para que suplieran con exclusividad equipos, materiales  y medicinas por un valor de más de 70 millones, en el año 2010, en violación a la ley sobre Compras y Contrataciones del Estado.

Los técnicos de la CCRD emitieron una opinión crítica en la auditoría porque la entidad hizo pagos por adquisición de bienes por RD$ 31.3 millones con las compañías Unique Representaciones y Corporación Batista, sin que éstas depositaran las debidas certificaciones o constancias de constituir proveedores autorizados del Estado dominicano.

Las dos empresas tampoco  demostraron, según la auditoría, que estuvieran al día con los pagos de Impuestos Sobre la Renta y la Tesorería de la Seguridad Social, requisito indispensable para hacer negocios con instituciones del Estado.

En la verificación de los  expediente de las compras  no se encontró evidencia de  evaluación de las  propuestas ni informe de la recepción del bien adquirido, según lo referido en el informe oficial.

“La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objetivo eludir los procedimientos de la selección previstos en esta ley"

Añade que al efectuar compras sin tomar en consideración las normativas, existe el riesgo de contratar proveedores que no cumplan con los requisitos señalados en la Ley 340-06.

Compra de bienes fraccionados a las mismas compañías

El Centro de Educación Médica de Amistad Dominico-Japonesa (CEMADOJA) fraccionó  facturas para evitar que el valor de las compras obligara a convocar licitaciones públicas. Sobre esta modalidad, la institución adquirió bienes por valor de RD$ 40. 4 millones.

Los auditores critican que las adquisiciones se hicieron mediante órdenes de compras, algunas emitidas en un mismo día y mes, sin que se evidencien por escrito las razones que las justificaran, violando los procedimientos de selección contemplados en la normativa del Estado dominicano.

Las compras fueron hechas a las mismas dos compañías, Unique Representaciones  y Corporación Batista.

Al respecto, el artículo 10 de la Ley 340-06 expresa:

“La autoridad administrativa con capacidad de decisión en un organismo público no permitirá el fraccionamiento de las compras o contrataciones de bienes, obras o servicios, cuando éstas tengan por objetivo eludir los procedimientos de la selección previstos en esta ley para optar por otros de menor cuantía.”

Reacción de la entidad auditada y recomendación de la CCRD

Las  autoridades de CEMADOJA dieron las siguientes explicaciones a la Cámara de Cuentas, en fecha 24 de junio de 2011:

“Es por el tipo de mercancía que se solicita, se debe a que para la protección del producto  no tenemos un almacenamiento amplio de este artículo, por la característica de cuidado que requiere.”

Pero la Cámara de Cuentas afirma que la entidad, al hacer compras sin tomar en consideración la participación de diferentes ofertantes,  corre el riesgo de beneficiar a particulares de manera excesiva.

Asimismo, recomienda que en lo sucesivo las compras de bienes sean planificadas para ser realizadas con periodicidad, y que estén de acuerdo con la normativa para evitar fraccionamiento e incumplimiento de la Ley  de Compras y Contrataciones del Estado.

Compras sin las cotizaciones requeridas

Según el informe de fiscalización, se determinaron compras de productos y materiales farmacéuticos, limpieza y útiles de oficinas, por valor de RD$ 17,2 millones, carentes de cotizaciones, y en ocasión amparadas con certificados de exclusividad, existiendo otras empresas que ofertan los mismos productos y materiales.

Estas compras también fueron realizadas a  Unique Representaciones S.A  que aparentemente está especializada en la venta de todo tipo de insumos.

La referida ley 340.06  establece  en el umbral 2, Principio de Igualdad y libre competencia.

“En los procedimientos  de contrataciones administrativa se respectará  la igual participación de todos los posibles  ofertantes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos específicos de las contrataciones, no podrán incluir ninguna regulación que impida la libre competencia entre los ofertantes.”

Compras de bienes sin licitación pública

El informe definitivo de la  auditoría indica que el CEMADOJA  compró  a  la firma comercial  Unique Representaciones S.A, mediante licitación restringida, un digitador CR35 X, para radiología computarizada por la suma de US$94 mil, que a la tasa de cambio  de la fecha RD$34.50, equivale a 3 millones 243 mil pesos.

También la entidad médica adquirió mediante la misma modalidad, un tomógrafo marca Toshiba, comprado a la compañía Medika C x A, sin número de RNC,  por un valor de 460 mil dólares, que a la tasa  de RD$ 36.17, cuando de hizo la operación en 2009, equivale a 16 millones 633 mil 600 pesos.

Además, el CEMADOJA no retuvo el impuesto del 5% sobre pagos relazados a la compañía Medika por  63 mil 168  pesos, que debieron ser retenidos de los RD$ 16. 6 millones de la venta  del aparato,  y entregado  a la Dirección de Impuestos Internos (DGII)

Los auditores censuran que las contrataciones se realizaron bajo la modalidad de licitación restringida debiendo aplicar  el concurso de licitación pública, según los Umbrales de Compras del Estado.

El Artículo 18 de la referida Ley expresa: La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos días, con un mínimo de 30 días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computado a partir del día siguiente a la última publicación.”

La Cámara recomienda a las autoridades del Centro Médico dar cumplimiento a las normativas de Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, que establece los umbrales tope para procedimientos de selección, que para los casos citados corresponde la licitación pública.

Además,  expresa el informe, que la modalidad aplicada en esas contrataciones limitan las presentaciones de ofertas y las posibilidades de adquirir los equipos a menor precio, existiendo el riesgo de beneficiar a particulares.

Auditoría detecta en CEMADOJA uso irregular de más de RD$300 millones